World Compliance Association continúa trabajando de la mano de la Tecnología

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Argentina conjuntamente con el Comité de tecnología de la WCA (Lic. Diego Cani y Dr. Di Giorno Diego) y sus asociados, contó con la ponencia y representación argentina en el congreso Internacional de la Dra. Lina Anllo como Presidente de la WCA, donde puso de manifiesto la incidencia de la ley 27401 en ARG y afectación del Covid 19. La WCA Internacional donó todo lo recaudado a la Organización Mundial de la Salud (OMS) como ayuda contra el COVID19.

El congreso contó con la participación de ponentes de más de seis países, quienes abordaron los temas más relevantes, críticos y de actualidad entorno al Compliance y su papel en la crisis mundial del Covid-19.

El Presidente Internacional de la WCA, Diego Cabezuela, abrió la jornada y dio lugar al Dr. Patrick Moulette, Responsable de la División Anticorrupción de la OCDE, quien realizó una conferencia experta sobre el impacto de la crisis del COVID-19 en el ámbito de la corrupción.

Durante la jornada se desarrollaron temas referidos al Compliance y al COVID-19, entre ellos: los canales de denuncia en el ámbito internacional, ciberdelito, el control de precios y competencia frente a la pandemia, la evaluación de los programas de cumplimento desde una perspectiva jurisdiccional y judicial, entre otros.

width=Además, estuvo el panel V: “SITUACIÓN INTERNACIONAL Y NUEVOS RETOS” en el que tuvo participación de la presidenta del capítulo argentino la Dra. Lina Anllo, en el que realizó un recorrido sobre las distintas regulaciones en materia de Compliance en nuestro país.

Además, Anllo resaltó que “en épocas de pandemia y crisis generadas por el COVID-19 es sumamente necesaria y se vuelve trascendente la aplicación de programas de integridad y políticas de Compliance tanto en el ámbito público como privado, para evitar la provocación de ilícitos e irregularidades relacionadas con la corrupción, suba irracional de precios etc.”.

Como cierre de este Congreso la Presidenta del Capítulo Argentino, la Dra. Anllo expresó, con respecto a la sensible situación que estamos atravesando tanto a nivel nacional como mundial, “esta pandemia nos tocó a todos, es global, nos ha afectado absolutamente a todos y todas. Esta crisis clarificará lo que nunca deberíamos haber olvidado. Hay cosas que tienen precio y ya no tienen valor, hay cosas que tienen mucho valor y no tienen precio, en particular la vida y la salud. Aprovechemos esta incertidumbre creativa y trágica para que cuando la puerta se abra salgamos más sabios y conscientes de que no hay futuro si no pensamos ni actuamos de manera plural. Esto nos obliga a todos a aportar, a realizar una unión pública, privada y del tercer sector. Nosotros como Capítulo Argentino, una institución sin fines de lucro, tenemos que estar a la altura de las circunstancias y sumar para que podamos salir adelante, aportando transparencia en todos los circuitos económicos”.

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En palabras de la Dra. Lina Anllo

Por qué es importante contar con un programa de integridad

En marzo de 2018, entraba en vigencia la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, incorporando al ordenamiento jurídico argentino oficialmente el concepto de Programas de Integridad y la materia del “Compliance”. Dicha ley no solo introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos de corrupción, sino que también incorporó como contracara una serie de herramientas de prevención y control para atenuar riesgos, en particular riesgos de corrupción.

Dicha ley, establece que los Programas de Integridad exigidos deberán guardar relación con los riesgos propios de la actividad que la persona jurídica realiza, su dimensión y su capacidad económica, de conformidad a lo que establezca la reglamentación. Por ello, cada Programa de Integridad debe estar hecho a la medida de la empresa y de su rubro (será diferente para una constructora, para una empresa de alimentos, o una dedicada a los servicios de salud).

Para el derecho argentino, un Programa de Integridad deber contener -de mínima- un código de ética, protocolos anticorrupción en donde se establezcan reglas especificas para prevenir ilícitos en el ámbito de concursos y procesos licitatorios en interacción con el sector publico y, por último, cumplir regularmente con capacitaciones en materia de integridad y transparencia tanto para la alta gerencia como para toda la organización. Además, nuestra legislación agregó que para aquellas empresas que contratan con el Estado será obligatorio contar con un Programa de Compliance. Por ello, fuimos viendo durante estos dos años cómo las grandes organizaciones, empresas constructoras, incluso el propio Estado a través de sus empresas públicas, fueron desarrollando estos Protocolos de Compliance para adecuar sus políticas a los nuevos requerimientos legales.

Hoy el Covid-19 nos enfrenta a una pandemia mundial que socava y colapsa los sistemas de salud de los países del mundo, generando miles de fallecimientos a todos los días. La crisis generada por esta enfermedad no solo abarca el ámbito de la salud, sino también el económico y social. Es frente a esta situación que los diferentes gobiernos se han visto obligados, entre otras medidas, a flexibilizar los medios de contratación y compras para atender las necesidades generadas por la lucha contra el Covid-19 (elementos de salud, protección, alimentos, entre otros). Argentina no ha sido ajena a esta situación, y por ello, el gobierno nacional ha dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 287/2020 de Emergencia Sanitaria donde se aprobó realizar contrataciones directas en casos que bajo otras circunstancias deberían ser tratadas bajo otra forma de contratación, como pueden ser las licitaciones públicas. Este decreto fue reglamentado y modificado, entre otras, por las disposiciones Administrativas Nro. DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo y complementada por la disposición ONC Nro. DI-2020-48-APN-ONC#JGM, de fecha 19 de marzo. Esta ultima fue modificada el día jueves 23 de abril, mediante la Resolución 55/2020.

Es ahora donde la inesperada crisis que desató el Covid-19 desnudó la importancia del “Compliance”, de la “integridad y transparencia en las contrataciones”. Por ello, frente a la necesidad pública de tener que flexibilizar las formas jurídicas sobre las que caen las contrataciones y compras, resultará un desatino flexibilizar los protocolos de control y minimización de riesgos de corrupción, ya que ello podría conducir a generar el ámbito perfecto para la concreción de irregularidades, y en algunos casos, prácticas ilegales.

Dichas problemáticas no solo se observan en nuestro país, sino también en diferentes países de la región e incluso en países centrales. Recientemente, la World Compliance Association Internacional ha realizado un Congreso benéfico cuya recaudación íntegra ha sido destinada a la lucha contra el coronavirus Covid-19, a través de la plataforma de donaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El congreso, de alcance internacional, contó con la participación de ponentes de más de seis diferentes países, que abordaron los temas más relevantes, críticos y de actualidad entorno al Compliance y su papel en la crisis mundial del Covid-19. Es destacable la ponencia de la Dra. Mónica Huertas, oriunda de nuestro país hermano Perú, que sostuvo que en su país hubo un gran avance en esta materia: la mayoría de las empresas estatales o con capital mayoritario estatal están certificadas o en proceso de certificarse por la norma ISO 37001 Antisoborno. Incluso, comentó cómo disminuyó la tasa de delitos relacionadas a la corrupción y al soborno en el Poder Judicial, que también se certificó por dicha norma.

Por su parte, el Dr. Carlos Balmisa Garcia Serrano, director de Control Interno de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia de España, instruyó acerca de las innovadoras medidas adoptadas por el órgano regulador para controlar tanto la sana competencia comercial como los precios en época de pandemia, resaltando la importancia de canales de comunicación directa de la sociedad civil para con el Estado. Ello no solo a fin de constituir un canal de denuncia para la ciudadanía, sino también para utilizarlo como medio de comunicación e informativo tanto para empresas como para ciudadanos de a pie.

Vemos cómo haber implementado o implementar (siempre se está a tiempo) un robusto sistema de control encuadrado en un Programa de Integridad, tanto a nivel privado como público, no solo ayudaría a evitar situaciones irregulares, sino que demostraría una forma de garantizar a la sociedad argentina que, en todas las circunstancias, aún en períodos de crisis sanitaria, se están tomando todos los recaudos necesarios para que los fondos públicos sean utilizados de manera íntegra y transparente.

La invitación de la Dra Anllo al evento del año pasado:

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