¿El SAT vigilará tus cuentas de Netflix, TikTok y Uber con la “Ley Espía”?

Planes básicos de Netflix
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En los últimos días, una fuerte polémica se desató en redes sociales tras la aprobación en la Cámara de Diputados de una serie de reformas al Código Fiscal de la Federación que según diversas voces darían al Sistema de Administración Tributaria (SAT) la facultad de vigilar en tiempo real a plataformas digitales como Netflix, TikTok, Uber, Mercado Libre o Tinder. La medida fue bautizada por internautas y medios como la “Ley Espía”, encendiendo el debate sobre los límites entre la fiscalización y el derecho a la privacidad en el entorno digital.

La controversia surgió luego de que se incluyera en el Código Fiscal el capítulo titulado “Revisión en tiempo real a las plataformas digitales”, que establece nuevas obligaciones para las empresas tecnológicas que operan en México. Sin embargo, organizaciones como Artículo 19 alertaron que estas modificaciones podrían abrir la puerta a la vigilancia y censura de plataformas, vulnerando derechos fundamentales de los usuarios.

Gobierno niega espionaje

Ante la ola de críticas, el Gobierno federal salió al paso para aclarar el alcance de la medida. Ernestina Godoy, consejera jurídica de la presidenta Claudia Sheinbaum, desmintió categóricamente que el SAT vaya a espiar a los usuarios de servicios digitales.

“La reforma obliga a las plataformas digitales a compartir con el SAT información fiscal para comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales, no información personal de los usuarios”, subrayó Godoy en un video difundido en redes sociales.

Explicó que el propósito del nuevo apartado no es acceder a mensajes, redes sociales o datos privados de las personas, sino asegurar que las plataformas digitales cumplan con el pago de impuestos, como cualquier empresa que opere en territorio mexicano.

“Esta medida no es para espiarte, es para que las empresas digitales cumplan como lo hacen todos los ciudadanos. Hay que informarse con fuentes confiables y no dejarse engañar por cuentas que buscan mentir y desinformar”, enfatizó.

Godoy también recordó que la Constitución protege la privacidad de las comunicaciones y que ninguna ley puede violar ese derecho. En su mensaje, insistió en que el texto del Código Fiscal ha sido malinterpretado y que la llamada “Ley Espía” no existe como tal.

Organizaciones alertan sobre riesgos

No obstante, para Artículo 19, una de las principales organizaciones defensoras de la libertad de expresión en América Latina, el tema no es tan sencillo. En un comunicado, la organización advirtió que la falta de salvaguardas y controles judiciales podría permitir intrusiones arbitrarias en los sistemas de las empresas digitales.

“El acceso permanente del SAT a los sistemas de las plataformas constituye un acto de molestia sin garantías de debido proceso”, señaló la organización, al advertir que la reforma elimina la protección jurídica que debe resguardar los datos personales.

Otro de los puntos de preocupación es la posibilidad de que el SAT bloquee temporalmente el acceso a las plataformas que incumplan con la entrega de información fiscal. De acuerdo con Artículo 19, esta disposición “equivaldría a una forma de censura indirecta”, ya que afectaría el acceso de millones de usuarios a redes sociales y servicios en línea que se han convertido en espacios esenciales para informarse, comunicarse y expresarse.

“Esto es incompatible con el derecho a la libertad de expresión, por ser una medida de censura por medios indirectos”, destacó la organización, recordando que tanto la Constitución mexicana como la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíben la censura previa.

Si bien Artículo 19 reconoce que la recaudación tributaria es un fin legítimo del Estado, advierte que no puede justificarse “a costa de los derechos humanos”. Por ello, hizo un llamado al Congreso y al Senado a revisar el alcance de la reforma para garantizar una tributación “justa, equitativa y proporcional”, sin vulnerar la privacidad ni la libertad de expresión en línea.

Contexto: la fiscalización digital en México

El debate sobre la regulación fiscal de las plataformas digitales no es nuevo. Desde 2020, el SAT ha implementado medidas para que empresas como Netflix, Spotify, Uber o Amazon paguen impuestos por sus operaciones en México. Según datos de la propia autoridad tributaria, más de 140 plataformas digitales extranjeras están actualmente registradas ante el SAT, lo que ha representado una recaudación superior a los 10 mil millones de pesos anuales.

México fue, de hecho, uno de los primeros países en América Latina en aplicar el IVA a servicios digitales, siguiendo las recomendaciones de la OCDE para equilibrar la competencia entre empresas locales y extranjeras. Sin embargo, expertos en derecho digital han señalado que las nuevas facultades deben aplicarse con cautela, para evitar violaciones al derecho a la privacidad y al secreto de las comunicaciones.

De acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), más de 96 millones de mexicanos acceden de forma regular a servicios digitales, lo que convierte a México en uno de los mercados más grandes de consumo digital en la región. Esta cifra evidencia el impacto que cualquier medida de regulación o fiscalización puede tener en la vida cotidiana de los usuarios.

Por ahora, las reformas al Código Fiscal de la Federación permanecen en el Senado de la República, donde serán discutidas y posiblemente modificadas antes de su aprobación final. Mientras tanto, el debate público sigue dividiendo opiniones entre quienes consideran que se trata de una medida necesaria para combatir la evasión fiscal en la economía digital y quienes la ven como una amenaza potencial a la privacidad de millones de usuarios.

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